martes, 3 de abril de 2012

EL DERECHO HEREDITARIO Y LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE


El derecho hereditario y la sucesión por causa de muerte.

Podemos definir el Derecho de sucesiones o Derecho hereditario como la parte del Derecho privado constituida por el conjunto de normas que regulan el destino de las relaciones jurídicas de una persona cuando muere, y de las que con este motivo se producen.

El fundamento de la sucesión por causa de muerte, responde a una necesidad social que se encuentra en la necesidad de la seguridad, que exige la continuidad en las relaciones jurídicas.

En Derecho Español, la evolución del Derecho sucesorio o hereditario, tiene como fundamento una serie de líneas o parámetros que podríamos enumerar de la siguiente manera.

a)      Canalización de una parte del caudal relicto hacia la comunidad a través de un sistema progresivo de impuestos, que gravará la sucesión, siendo mayor el impuesto a medida que el heredero se encuentra más alejado en grado de parentesco con el causante.

b)      Principio de libre Voluntad “parcial” el testador, tendrá derecho a establecer solo en una parte que personas quiere que hereden, ya que habrá otras que heredaran necesariamente una parte del caudal relicto (las llamadas legitimas).

c)      En defecto de Testamento, la ordenación de los llamamientos legales de sucesión, en virtud de la proximidad de las relaciones familiares del heredero con el causante.

d)      Llamada al Estado en defecto de familiares con derecho a la sucesión.


Miguel Molina Navarro - ABOGADOS & CRIMINÓLOGOS
Abogados Herencias Alicante
Tlf.: 650 59 44 46

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