jueves, 17 de mayo de 2012

LA HERENCIA COMO OBJETO DE LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE

El artículo 659 del Código Civil dice que “la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte”.

Es por tanto, la herencia el objeto de la sucesión Mortis Causa, y es el total patrimonio del difunto (por tanto cabe entender que estamos hablando de un conjunto heterogéneo de elementos).





Miguel Molina Navarro - ABOGADOS & CRIMINÓLOGOS
Abogados herencias y sucesiones en Alicante
Tlf. 650 59 44 46

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